LA CORTE Y LOS DESEOS DEL PODER REAL

¿Pueden proscribir a Cristina?

En nuestra región, el imperialismo cambió los cuarteles por los tribunales. Recordemos el dictado de prisión preventiva contra Rafael Correa en Ecuador, actualmente exiliado, la detención efectiva de su ex-vicepresidente y otros funcionarios. En el 2013 la destitución e inhabilitación por 15 años contra Gustavo Petro en Colombia, en aquel entonces como alcalde. La destitución de Dilma, y la detención e inhabilitación de Lula en Brasil previo a las elecciones. Ni que hablar del golpe a Evo en Bolivia, o el acoso constante a Castillo en Perú.

En un video reciente publicado en sus redes, Cristina advierte con total convencimiento que el lawfare prepara su proscripción en la causa conocida como de “Vialidad”; es decir, una condena que trae aparejada la inhabilitación para ejercer cargos públicos, de por vida o al menos para el decisivo 2023. 

El ex juez de la Corte Suprema Raúl Zaffaroni, confirmó desde su apreciación y experiencia, que el proceso para proscribir a Cristina ya está en marcha, y adujo que el libreto es similar al utilizado contra Lula y Correa. Zaffaroni además resalta que en aquellos casos nadie pronosticaba que se iban animar a semejante cosa, y que sin embargo lo hicieron, sin importar la solidez de los fundamentos o la falta de tiempos procesales. Por eso el absoluto convencimiento de la compañera Cristina, de que la condena ya está escrita.

EL ESTADO DE LAS CAUSAS PRINCIPALES

En el grueso de las causas, Cristina ya ha sido sobreseída o dictada la falta de mérito: la de los hoteles, la de “dólar futuro”, la del “Memorándum con Irán” y la “ruta del dinero k”. Si bien en la causa de “vialidad” no hay nada sólido en su contra, es en comparación dónde más hay para debatir y por eso sería la “más complicada”.

En la causa de vialidad pasaron cientos de testigos estos últimos 3 años, y ninguno vincula o menciona a Cristina como responsable de algo. Posiblemente los fiscales se van a centrar únicamente en que fue Cristina quien nombró a ciertos funcionarios, y que luego dichos funcionarios habrían favorecido a Lázaro Báez. Pero se viene probando lo contrario: algunos testigos enemigos declarados del kirchnerismo como el propio primo de Macri, Ángelo Calcaterra, declararon incluso favoreciendo la defensa de los acusados. Calcaterra dijo que siempre las empresas locales tienen ventajas competitivas sobre las que no son de ahí, y que en ese sentido era lógico que Báez ganará más licitaciones. Además sostuvo que como empresario del rubro nunca vio una obra pública empezar y terminar en el plazo original, ni que no se haya actualizado su precio, es decir, son prácticas habituales. Las licitaciones, adjudicaciones, el control de las obras no estuvieron a cargo de Vialidad Nacional sino de la Provincia de Santa Cruz. El Estado nacional solo financió construcciones, que además tuvieron el aval del Congreso. Sumado a que las obras efectivamente se construyeron y que no se pagó nada que no se hubiera construido.

Sin embargo, las señales de alarma se encendieron ya que la Corte tuvo la causa por una cuestión procesal y rechazó el planteo de Cristina, avalando la acusación. Tampoco le hicieron lugar a pruebas complementarias que Cristina solicitó (auditoria sobre todas las obras), permitiendo el comienzo de una manera irregular. 

LOS ANTECEDENTES

Tenemos en nuestro país dos casos recientes en la historia en los que se debatió la proscripción de candidatos. En el caso de Menem, condenado por el contrabando de armas. Condena confirmada por la Cámara, y en esa instancia la Cámara Nacional Electoral dictaminó que no podía ser candidato, pero la Corte Suprema revocó ese fallo alegando que primaba “el principio de inocencia” hasta que la sentencia quede firme, y queda firme cuando la última instancia revisora la confirma o se vence el plazo para ir a dicha instancia. Esa última instancia es la misma Corte, y no se había expedido. Menem fue candidato y luego senador. 

El otro caso con final distinto, de proscripción, fue el de Raúl Romero Feris, candidato en Corrientes. Tenía condena de primera instancia y confirmación de Cámara, también la Cámara Electoral impidió su postulación a gobernador en 2003. Pero la Corte nunca se pronunció y Romero Feris no pudo ser candidato.